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La dirección pública y por objetivos, y su íntima relación con el liderazgo en la gestión de personas y procesos, son conceptos que deben implantarse definitivamente en las administraciones públicas.

Ayuntamientos: ¿Administraciones o empresas de colocación?

    Vemos con demasiada frecuencia que la Administración local convoca bolsas de empleo, planes de garantía e inserción laboral, planes de empleo, etc. casi siempre con el fin de contratar con carácter temporal a personas de sectores desprotegidos, sin cualificación, etc. Pero lo que en principio es una labor encomiable para ayudar a los más desfavorecidos en no pocas ocasiones se convierte, en realidad, en un pozo sin fondo para las arcas municipales y en fuente de corruptelas pues la intención es captar y retener bolsas de votantes, sobre todo en los municipios más pequeños, donde todos se conocen.

    Debo recordar que los Ayuntamientos, por ser las Administraciones más cercanas a los ciudadanos, son las más proclives a buscar este tipo de acciones. Tampoco olvidemos que su misión no es, como aparentan estas actividades, colocar gente más allá de necesidades reales de servicio público.
    Con frecuencia vemos que se ha contratado un gran número de personas para la limpieza viaria y a poco que nos descuidemos o se dan de baja por «enfermedad» al día siguiente o se encuentran sentados tranquilamente en un banco. También es una cuestión de control, término que todavía hoy no conocen unas Administraciones que aspiran a ser eficientes.
   No es extraño ver planes de empleo para arreglar aceras que ya se arreglaron en el plan anterior, y donde nos encontramos más operarios por metro cuadrado que en la mismísima China.

    No pocos Ayuntamientos se han convertido en empresas, que con la idea de dar sustento a personas sin recursos o con la intención última de captar votos, dedican gran cantidad de sus recursos a estos menesteres. Se confunde el fin de estas Administraciones de prestación de los servicios públicos en los que se contrata a estas personas, con la contratación en sí.

    No sólo está en juego utilizar dinero público (propio o de otras Administraciones que colaboran en estos programas) para fines no relacionados directamente con sus competencias en materia de empleo, en caso de tenerlas; se trata también de la eficiencia en la utilización de recursos, pues contratar a personas sin la cualificación necesaria o que sabemos que no quieren trabajar realmente, supone que se están tirando a la basura los esfuerzos por dar unos servicios públicos de calidad, eficaces pero también eficientes.

    La Administración local no debe centrar sus esfuerzos en «colocar» a personas en su organización en esas condiciones, no es su misión, teniendo en cuenta que en muchos casos se trata de empleo precario, algo que muchos políticos critican cuando son ellos quienes lo fomentan.  La Administración local podría colaborar en la formación de estas personas o en que consigan un trabajo en la empresa privada. De hecho, Ayuntamientos como el de Madrid o Albacete han creado sus propias Agencias autorizadas de colocación para casar ofertas con demandas de empleo (otra cosa es que hagan la competencia, de nuevo, al sector privado).

    Lamentablemente, mientras la gente siga necesitando trabajo y los políticos sigan amando los votos, y mientras no se pongan controles, la situación seguirá existiendo. Además, puede resultar complicado distinguir entre contratar gente para mantener votos y contratarla para prestar servicios públicos. aunque una buena forma de separar grano de paja sería ver la temporalidad con la que se realizan esos contratos, que no suele durar más de tres o seis meses, la cualificación u otros criterios de selección que se tienen en cuenta.

    En fin, buenas intenciones «prostituidas» en ocasiones por intereses no siempre legítimos.

Necesitamos gestores públicos, no políticos

    Políticos, gobernantes, gestores públicos… todas estas acepciones se refieren a los cargos electos elegidos por los ciudadanos, que les han dado su confianza para gestionar los asuntos públicos con honradez, profesionalidad y, sobre todo, pensando en el interés común. Todos esperamos que al votarlos se preocupen de crear y mantener los servicios públicos que la sociedad necesita; de responder, en suma, a nuestras necesidades.
   

    
    Sin embargo, aún hoy existe una importante brecha entre lo que deben ser y lo que son realmente quienes gobiernan nuestra sociedad. Existe una clara diferencia, en muchos casos, entre los términos gobernante o gestor público y político. Cuando nos referimos a estos no solemos ver a alguien preocupado más por el bienestar de los ciudadanos que por sus propios intereses de partido, por captar votos o por mantenerse en el sillón. Es una pena pero una y otra vez quienes se supone que son nuestros representantes, una vez que han logrado nuestros votos se olvidan de su verdadero cometido y se convierten automáticamente casi en los «amos» de nuestra vida, porque en parte ellos también son rehenes de sus propios partidos políticos y de los lobbies que los dirigen.

    
    Sus intereses, como decía, no van parejos a los generales. Su visión de la Administración y de sus objetivos nos resultan desconocidos a los ciudadanos y a los empleados públicos. De ahí que se insista en la necesidad de contar con Directivos Públicos que sepan traducir las políticas públicas en conceptos entendibles por el derecho administrativo, aunque haya algunas de esas políticas que ni siquiera entienden los Directivos. Sin embargo, al menos en España esto no está dando resultado por las corruptelas a la hora de nombrarlos y su dependencia de los políticos y será un campo de batalla más hacia una verdadera gestión política de los asuntos públicos.
    Mientras los cargos electos no se den cuenta de su verdadera misión en el Gobierno y la Administración para con los ciudadanos de a pie no se podrá alcanzar un mínimo de equilibrio en los asuntos públicos y los ciudadanos seguiremos siendo rehenes de aquellos a quienes votamos.
   También hace falta más formación y aptitudes por parte de quienes aspiran a ocupar cargos públicos. Se les deberían exigir unos conocimientos mínimos para poder gestionar asuntos públicos. La política supone gestionar, gobernar, negociar. Se trata de una verdadera profesión a la que, por desgracia, muchos se apuntan sin un bagaje mínimo que les permita saber en qué aguas nadan. Se fían de asesores y expertos, pero también es necesario que tengan criterio propio para tomar las decisiones adecuadas. Al igual que para ser empleado público se exigen unos requisitos cada vez más duros porque estamos hablando de servir al interés general, para ser gestor público, político, se deberían establecer unos requisitos, si no mayores, sí al menos mínimos que habiliten a los candidatos a ocupar un sillón de mando para la profesión pública que han elegido.
    Necesitamos, en definitiva, más gestores que sepan realmente dirigir los asuntos públicos en lugar de tantos políticos. Aunque parecen lo mismo, de estos sobran muchos; aquellos escasean.

La vuelta de los habilitados nacionales

   Hasta la aprobación de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), los funcionarios que desempeñaban determinados puestos en la Administración Local (Secretaría, Intervención y Tesorería) eran denominados funcionarios locales con habilitación de carácter nacional.
    A partir del EBEP (DA 2ª) y quizás por eso de no enfadar a los nacionalistas, se cambió el último término por el de «estatal». Las funciones eran las mismas pero cambiaba el nombre.
Ahora, sorprendentemente, la Ley 27/2013, de27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. ha dado nuevo contenido al artículo 92 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, volviendo al concepto tradicional. ¿Error o querer dejar claros los términos?

Habilitados nacionales
Habilitados nacionales

   La nueva Ley de racionalización local deja claro en su exposición de motivos que deseando reforzar la independencia de este colectivo, tan castigado y menospreciado por infinidad de malos cargos electos, recupera para el Estado las competencias de selección, formación y habilitación.

    No parece un error el cambio de denominación, por cuanto aparece en el texto de la iniciativa publicada en el Boletín Oficial de las cortes el pasado 6 de septiembre. Ahora, la Ley 27/2013 da nuevo contenido y regula mejor su papel en la Administración Local, dejando clara su función a nivel nacional.