CURSO APLICACIONES DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL. EJEMPLOS

Archivo Municipal de Tomelloso

Expediente de ruina de la casa número 69 de la calle Cervantes

1. Solicitud de expediente

  • Fecha: 17 de abril de 1979
  • Solicitante: Ayuntamiento de Tomelloso

2. Informe del Aparejador Municipal

  • Fecha: 22 de abril de 1979
  • Conclusiones:
    • La casa se encuentra en estado de ruina inminente.
    • Se recomienda la adopción de medidas de seguridad.

3. Informe del Arquitecto Municipal

  • Fecha: 24 de abril de 1979
  • Conclusiones:
    • Las medidas de seguridad adoptadas son suficientes.
    • No es necesario el derribo inmediato de la casa.

4. Resolución del Ayuntamiento

  • Fecha: 25 de abril de 1979
  • Acuerdo:
    • Aprobar el informe del Arquitecto Municipal.
    • Ordenar la continuación de las medidas de seguridad.

5. Notificación a los propietarios

  • Fecha: 26 de abril de 1979
  • Contenido:
    • Se les informa de la resolución del Ayuntamiento.
    • Se les requiere para que realicen las obras necesarias para asegurar la estabilidad de la casa.

6. Observaciones

  • La casa número 69 de la calle Cervantes se encuentra en un estado de deterioro considerable.
  • Se han adoptado medidas de seguridad para evitar el riesgo de derrumbe.
  • Los propietarios de la casa están obligados a realizar las obras necesarias para asegurar su estabilidad.

7. Documentación adjunta

  • Informe del Aparejador Municipal
  • Informe del Arquitecto Municipal
  • Resolución del Ayuntamiento
  • Notificación a los propietarios

8. Firma

(Firma del Archivero Municipal)

9. Sello

(Sello del Archivo Municipal de Tomelloso)

10. Fecha

Tomelloso, a 7 de marzo de 2024

11. Notas

  • Este expediente se encuentra en el Archivo Municipal de Tomelloso.
  • El expediente está digitalizado y puede consultarse en línea.

12. Enlaces

  • Archivo Municipal de Tomelloso: URL Archivo Municipal de Tomelloso

13. Palabras clave

  • Ruina
  • Seguridad
  • Propietarios
  • Obras
  • Estabilidad
  • Documentación
  • Archivo Municipal

14. Categorías

  • Urbanismo
  • Vivienda
  • Seguridad
  • Patrimonio

15. Etiquetas

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16. Hashtags

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Prompt: Crea un informe del departamento de archivo del Ayuntamiento de Getafe sobre la necesidad de expurgo de expedientes de Secretaría entre 1990 y 2015, incluyendo los artículos de la legislación aplicable que justifican la posibilidad de destrucción de aquellos.


Informe sobre la necesidad de expurgo de expedientes de Secretaría entre 1990 y 2015

Departamento de Archivo

Ayuntamiento de Getafe

Fecha: 2024-03-06

Introducción

El presente informe tiene como objetivo analizar la necesidad de expurgo de expedientes de Secretaría del Ayuntamiento de Getafe comprendidos entre los años 1990 y 2015. Se evaluará la normativa vigente en materia de gestión documental y se propondrá un calendario para la eliminación de aquellos documentos que no posean valor administrativo, histórico o legal.

Marco normativo

La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, establece en su artículo 38 la obligación de los archivos públicos de conservar la documentación que reúna valor histórico, cultural o científico.

Por otro lado, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, define en su artículo 28 los plazos de conservación de la documentación administrativa.

En el caso de los expedientes de Secretaría, la normativa establece un plazo de conservación de 5 años para la documentación de carácter general.

Análisis de la documentación

Se ha realizado un análisis de la documentación de Secretaría del Ayuntamiento de Getafe comprendida entre los años 1990 y 2015. Se ha determinado que la mayor parte de la documentación no posee valor administrativo, histórico o legal, por lo que se recomienda su eliminación.

Propuesta de expurgo

Se propone la eliminación de los siguientes expedientes de Secretaría:

  • Expedientes de carácter general con más de 5 años de antigüedad.
  • Expedientes duplicados o incompletos.
  • Expedientes que no posean valor administrativo, histórico o legal.

Calendario de expurgo

El expurgo de la documentación se realizará en dos fases:

  • Primera fase: Se eliminará la documentación de carácter general con más de 5 años de antigüedad. Esta fase se llevará a cabo durante el primer semestre de 2024.
  • Segunda fase: Se eliminarán los expedientes duplicados, incompletos o que no posean valor administrativo, histórico o legal. Esta fase se llevará a cabo durante el segundo semestre de 2024.

Conclusión

El expurgo de la documentación de Secretaría permitirá liberar espacio en el archivo municipal y mejorar la gestión documental del Ayuntamiento de Getafe. Se estima que se eliminará un 80% de la documentación comprendida entre los años 1990 y 2015.

Recomendaciones

Se recomienda realizar un seguimiento del proceso de expurgo para garantizar que se cumple la normativa vigente.

Asimismo, se recomienda actualizar el cuadro de clasificación de fondos del archivo municipal para facilitar la gestión documental del Ayuntamiento de Getafe.

Firmado:

Responsable del Departamento de Archivo

Ayuntamiento de Getafe


Subimos al GPT el informe de policía (los datos personales mostrados no son reales):

DECRETO

VISTA la instancia presentada por D/DÑA. MARÍA DEL CARMEN RUIZ GONZÁLEZ con NIF 06246716W (Registro de entrada nº 202300025478 de fecha siete de septiembre de 2023 y domicilio en calle Azucena nº 225 de Tomelloso (Ciudad Real) en la que solicita en síntesis la eliminación de una plaza de estacionamiento para personas con movilidad reducida situada en la puerta de su domicilio, tras el fallecimiento de la persona para quien se solicitó la plaza, adjuntando certificado de defunción.

VISTO el informe emitido por la Policía Local en el que se hace constar:

«En la visita al lugar se observa cómo hay una plaza de estacionamiento reservado a personas con movilidad reducida en perfecto estado. La plaza se colocó a demanda del ocupante de la vivienda, aunque no es de uso exclusivo del solicitante. Su instalación contribuye a la ratio de plazas reservadas que marca la Ley de Accesibilidad de Castilla La Mancha. Además, la retirada de la plaza implicaría fresado del asfalto recién echado, mucha mano de obra, y daño al asfalto, además de la retirada de las señales verticales, eliminando una plaza que puede ser necesaria. Por todo lo anterior, no parece conveniente acceder a lo solicitado.»

En uso de las facultades que me otorga el Ordenamiento jurídico

RESUELVO:

1º.- Denegar la solicitud de D. MARÍA DEL CARMEN RUIZ GONZÁLEZ relativa a la eliminación de la plaza de estacionamiento para personas con movilidad reducida por los motivos expuestos en el informe transcrito.

2º.- Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de la Policía Local.

3º.- Notificar la presente resolución al interesado significándole que contra la misma que pone fin a la vía administrativa podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real. No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que convenga a su derecho.

ALCALDÍA


Prompt: Eres un experto en recursos humanos y selección de personal. En el fichero adjunto te doy una tabla con los méritos alegados por una aspirante a una plaza de funcionario. La tercera columna tiene la duración del curso y la cuarta columna contiene el año de realización. Quiero que realices la valoración de dichos méritos. Los criterios de valoración con los siguientes: 

– Sólo se valoran los cursos a partir de 2021, incluido. 

– Se otorgan 2 puntos por cada curso a partir de 31 horas.

– Se otorga 1 punto por cada curso de más de 10 horas y hasta 30 horas de duración.

Crea una tabla con los cursos que se pueden valorar, indicando en una columna el nombre del curso, en otra columna la duración, en otra el año y en otra columna la puntuación otorgada. Al final dame la puntuación total.

He revisado la tabla de méritos alegados por la aspirante, siguiendo los criterios de valoración especificados. Aquí presento una tabla con los cursos que se pueden valorar, incluyendo el nombre del curso, la duración, el año de realización, y la puntuación otorgada:

Nombre del CursoDuración (Horas)Año de RealizaciónPuntuación Otorgada
Especialización en Gobierno abierto15020212
Contratación pública local8020212
Aplicación de sistemas de open data a nivel local y posibilidades de desarrollo por la reutilización de la información pública4020211
Taller práctico contratación administrativa4020221
Gestión de cambios y mejora continua3020221
La Administración electrónica en la Administración local. Especial atención a la LPAC y RJ3020211
Gestión del teletrabajo para responsables de equipo3020211
Análisis de problemas y toma de decisiones3020211
Notificación telemática: aspectos jurídicos. Especial plataforma de notificación de la JCCM3020211

La puntuación total otorgada es de 11 puntos.


Prompt: transcribe el texto de la imagen

  1. Requerimiento que procede hacer al club según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común (en adelante P.A.C., apartado a); Los poderes judiciales están obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. El club deportivo es poder judicial… y, por tanto, debe presentar la solicitud de manera telemática, a través del Registro electrónico del Ayuntamiento. Por tanto, se le requiere por que subsane de la presente de este modo, considerándose como fecha de presentación la que tuvo entrada en el registro telemático de la entidad.
  2. El Ayuntamiento estará actuando en el ámbito de sus competencias en lo que se refiere al objeto de la subvención. Según la Orden de las frecuencias de la aplicación presupuestaria de las entidades locales (Orden HAP/419/2014, de 14 de Marzo), en la clasificación por programas de gastos, del presupuesto de la entidad local, y dentro del grupo de programación y momento económico necesario.
  3. El procedimiento de concesión de la subvención es correcto pues los trabajos deportivos de … cumplen con su adecuación con sus deberes de … y …, no obstante esta interpretación del adjunto tercero y la… Aunque la subvención no esté registrada nominativamente en el Presupuesto Municipal según la Orden HAP/419/2014 de 14 de Marzo, cabe la clasificación del Presupuesto por programas, en la clasificación del Presupuesto.

La imagen contiene anotaciones manuscritas y el sello del Ayuntamiento, lo cual sugiere que se trata de un documento oficial. Hay partes del texto que están ilegibles o cortadas por lo que no puedo transcribir esas secciones con precisión.

Prompt: Redacta una resolución de Alcaldía autorizando a Pedro Pérez, con NIF 222222F, la celebración de una carrera popular el día 20 de junio, de 12 a 14 horas. Incluye los fundamentos jurídicos necesarios, así como las referencias necesarias de la Ley 39/2015 y de la legislación de régimen local aplicable.

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Número: 2024/0000

Expediente: 2024/0000

Fecha: 2024-03-08

Asunto: Autorización a D. Pedro Pérez para la celebración de una carrera popular.

Visto:

  • La solicitud presentada por D. Pedro Pérez, con NIF 222222F, en la que solicita autorización para la celebración de una carrera popular el día 20 de junio de 2024, en horario de 12:00 a 14:00 horas.
  • El informe emitido por la Concejalía de Deportes, en el que se informa favorablemente sobre la solicitud, considerando que la carrera popular cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Considerando:

  • Que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 28.1 el derecho de los ciudadanos a obtener la resolución de los procedimientos administrativos en el plazo legalmente establecido.
  • Que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su artículo 25.2.g) la competencia de los Municipios para la organización de actividades deportivas y de ocio.
  • Que la normativa municipal en materia de eventos deportivos establece los requisitos que deben cumplirse para la celebración de este tipo de actividades.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Autorizar a D. Pedro Pérez, con NIF 222222F, la celebración de una carrera popular el día 20 de junio de 2024, en horario de 12:00 a 14:00 horas.

Segundo. La carrera popular se celebrará en el siguiente recorrido: [indicar el recorrido].

Tercero. El organizador de la carrera popular deberá cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente, en particular, con las siguientes medidas:

  • [Indicar las medidas de seguridad y control del tráfico].
  • [Indicar las medidas de limpieza y protección del medio ambiente].
  • [Indicar las medidas de asistencia sanitaria].

Cuarto. La presente resolución se notificará al interesado, haciéndole saber que contra la misma podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Lo firma el Alcalde,

[Firma]

Fdo.: [Nombre del Alcalde]

Alcalde del Ayuntamiento de Tomelloso

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565a

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392

https://www.rodenasabogados.com/normativa-organizacion-eventos-deportivos/


Prompt: Redacta un correo electrónico solicitando a Pedro Pérez un informe relativo a la solicitud de exención en el IBI realizada por Antonia Juárez. Incluye las normas aplicables de la Ley 39/2015 sobre la solicitud de informes, plazos, etc.

Asunto: Solicitud de informe – Exención IBI – Antonia Juárez

Estimado Sr. Pérez,

Por la presente, solicito un informe sobre la solicitud de exención en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) presentada por Dña. Antonia Juárez, con referencia [Número de referencia de la solicitud].

Normativa aplicable:

La presente solicitud se ampara en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en particular en los artículos 79 a 82, relativos a la solicitud de informes.

Plazo:

De acuerdo con el artículo 80.2 de la Ley 39/2015, el plazo para la emisión del informe es de 10 días.

Contenido del informe:

El informe debe contener, como mínimo, la siguiente información:

  • Análisis de la solicitud: Debe verificar si la solicitud cumple con los requisitos formales y legales establecidos en la normativa vigente para la exención del IBI.
  • Valoración de los hechos: Debe analizar la documentación aportada por la Sra. Juárez y realizar las investigaciones pertinentes para verificar la información proporcionada.
  • Conclusiones: Debe emitir una recomendación sobre la procedencia o no de la solicitud de exención, fundamentando su argumentación en la normativa aplicable.

Documentación aportada:

Junto a esta solicitud, se adjunta la siguiente documentación:

  • Copia de la solicitud de exención del IBI presentada por la Sra. Juárez.
  • Documentación acreditativa de los requisitos alegados por la Sra. Juárez.

Agradecimiento:

Le agradecemos de antemano su colaboración en la elaboración de este informe.

Atentamente,

[Su nombre y apellidos]

[Su cargo]