¿Es mejor disparar o dejarse matar? El dilema de la policía

Con este mismo título el diario El Mundo publica un reportaje con entrevistas a distintos miembros de las Fuerzas de Seguridad, en el que se pone de manifiesto el gran dilema moral y legal al que se enfrentan a la hora de cumplir sus funciones cuando se enfrentan, en particular, a criminales armados (a los malos, en su argot).

Recomiendo encarecidamente su lectura porque refleja las dificultades con las que deben lidiar día a día para mantener las calles limpias de delincuentes. 

  El punto de partida del reportaje es el concepto de proporcionalidad en el uso de la fuerza, pues frente al arma de fuego de los agentes muchos delincuentes, que se saben todas las  argucias legales, utilizan cuchillos, machetes, palos, cristales, vehículos, etc. para atacarles. La cuestión que se plantea, por tanto, es definir claramente hasta qué punto pueden los Policías y Guardias Civiles utilizar sus armas de fuego cuando el criminal utiliza un arma no de fuego pero también potencialmente peligrosa.

El criterio general que les enseñan en las Academias es no utilizar el arma por los problemas que les puede acarrear penal y administrativa, o incluso a efectos de ascensos. Pero al mismo tiempo, en una situación de amenaza, ellos mismos pueden resultar heridos, mutilados o  peor aún, muertos.

Ha de partirse del texto del artículo 20.4 del Código Penal, sobre la exención de responsabilidad penal en el uso de la fuerza:

“El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes: Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor”

El apartado segundo constituye el núcleo de la cuestión al tratarse de un concepto jurídico indeterminado que ha requerido de interpretación doctrinal y jurisprudencial para entender el alcance de la proporcionalidad en el uso de un arma de fuego. Lamentablemente, a mi parecer, y con un criterio que ha valorado más el garantismo del delincuente que la seguridad del ciudadano, se ha ido restringiendo el concepto hasta el punto de que los propios agentes reciben instrucciones desde su formación y por parte de sus superiores para que no saquen el arma casi en ninguna circunstancia.

Esto nos lleva al grave problema de seguridad que estamos sufriendo, pues los criminales lo saben y han perdido el miedo a la policía, se les enfrentan, les amenazan impunemente, e incluso les atacan sin pudor.La situación es muy grave, pues nuestra policía no puede defendernos, no tiene el amparo legal (entendido en términos amplios) para realizar su labor con seguridad.

Quien debe protegernos no está protegido por la propia Justicia. No es de extrañar que los ciudadanos tengan la idea generalizada de que la Ley ampara a los delincuentes (y no me refiero solamente al hecho de que estos entren por una puerta y salgan por otra).

En una sociedad cada vez más violenta, donde las bandas y organizaciones criminales se han globalizado y son cada vez más peligrosas, el Estado de Derecho no puede permitirse el lujo de restringir hasta tal punto las “armas legales” con las que dota a sus Fuerzas de Seguridad que las ate de pies y manos para actuar contra los delincuentes, que no tienen límites para actuar.

El reportaje incide en esta idea al mencionar la “doble moral” de los malos, pues actúan al margen de la ley pero luego la explotan para salir impunes de sus actos, que pueden incluir dejar a un Policía minusválido o muerto. A dónde vamos a llegar cuando he visto vídeos en Internet de un delincuente amenazando a la Guardia Civil y corriendo detrás de ellos. Sí, detrás. Repito que se ha perdido el respeto y la autoridad que debe emanar de quienes se juegan la vida por nosotros.

El legislador debería resolver estas cuestiones, que son, entre otras muchas, las que de verdad preocupan al ciudadano, estableciendo criterios y cambios legislativos en este sentido; armas legales -como digo- para defender a nuestros defensores. La Fiscalía se debería implicar también en aportar una mayor seguridad a las fuerzas de “seguridad” adecuando sus criterios antes los Tribunales.

Se puede aducir que el concepto de proporcionalidad que actualmente se maneja trata de evitar abusos en el uso de la fuerza. De acuerdo, los abusos se pueden dar y hay que evitarlos, pero caso a caso. Lo que no puede hacerse es querer evitarlos generalizando, bajando hasta tal punto el listón del uso de la fuerza que se desproteja a los Policías y Guardias Civiles de tal modo que el abuso (doblemente) se produce desde el lado del criminal y de manera impune.Este problema se conoce desde hace mucho tiempo, pero como otros relativos a la seguridad ciudadana, los políticos parecen no darle la importancia que tiene. Por fin un reportaje aborda la cuestión. Esperemos que no quede en una mera noticia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *