Evaluación del desempeño y transparencia ad-intra en la Administración

    Uno de los principios que rigen todo sistema de evaluación del desempeño en la Administración, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP, art. 20) es el de transparencia (por mucho que la citada norma lo considere un mero criterio).    La transparencia es un principio jurídico que se regula a nivel estatal en la Ley 39/2013, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, y está siendo una de las más importantes apuestas para lograr esa Administración de calidad, cercana al ciudadano y fiable que queremos.

Pero esta norma, como las demás que han ido creando las Comunidades Autónomas, se centran en el ciudadano, destinatario final de la actividad administrativa. 

El principio de transparencia

    Uno de los principios que rigen todo sistema de evaluación del desempeño en la Administración, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP, art. 20) es el de transparencia (por mucho que la citada norma lo considere un mero criterio).    La transparencia es un principio jurídico que se regula a nivel estatal en la Ley 39/2013, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, y está siendo una de las más importantes apuestas para lograr esa Administración de calidad, cercana al ciudadano y fiable que queremos.

Sin embargo, esta norma, como las demás que han ido creando las Comunidades Autónomas, se centran en el ciudadano, destinatario final de la actividad administrativa. 

    Sin embargo, existe “otra” transparencia, que denomino ad-intra de la Administración, y que debe regir internamente los procesos que esta utiliza en su día a día y que en el caso que ahora exponemos tiene su centro neurálgico en la gestión de su personal y más concretamente en los sistemas de evaluación del desempeño.     Como decía antes, esta herramienta se rige, entre otros, por el principio de transparencia, estando íntimamente relacionado con los procesos de comunicación interna y publicidad que han de darse en la planificación y ejecución de los sistemas de evaluación que se implementen.

Esto es así porque, además de tratarse de una institución desconocida aún, la evaluación del desempeño plantea muchas dudas entre todo el personal de cualquier organización y requiere de una información y formación previas imprescindibles; es necesario contar con los implicados, mantenerlos informados, conocer su parecer… en todas las etapas del proceso de diseño, implantación y ejecución de la misma. 

Un concepto impreciso

     El concepto mismo de transparencia no está totalmente claro. No contamos con una definición en la Ley 39/2013, que solo indica que con ella se pretende “regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a [la] actividad [administrativa]” (art. 1). Debemos acudir a algunas normas autonómicas para encontrar un modo sencillo de saber qué significa. Por ejemplo, la definición que ofrece el artículo 4.2.a de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunidad Valenciana, al indicar que la transparencia es aquel principio “que garantiza una actividad pública fundada en la accesibilidad de la información y en la excepcionalidad de las restricciones que solo podrán fundarse en la protección de otros derechos”. 

    En el nuevo modelo administrativo en el que se quiere contar con el empleado público, empoderarlo, motivarlo, aprovechar su talento y hacer más eficiente la gestión y resultados del trabajo de su personal, la aplicación del principio de transparencia ad-intra resulta del todo punto imprescindible.

La complejidad de la evaluación del desempeño, los problemas, reticencias y expectativas que plantea, hacen necesario que la Administración sea consciente de la importancia de mantener canales fluidos de comunicación en ambos sentidos con su capital humano. Solo así se podrá aplicar la evaluación del desempeño con ciertas garantías de éxito, pues de lo contrario, si no se explica lo que es y qué se pretende con ella, si no se informa, forma y no se cuenta con los afectados, el fracaso está asegurado, incluso antes de empezar a utilizar el sistema.

     Para conocer más detalles sobre el principio de transparencia aplicado a la evaluación, así como para saber más acerca de la propia evaluación del desempeño y su aplicación a la Administración Pública, le recomiendo el libro “Gestión del empleo público. La evaluación del desempeño en la mejora de la eficiencia administrativa“, un completo trabajo de investigación sobre las características y peculiaridades de esta herramienta en su aplicación a la Administración, y donde abordo este y otros principios jurídicos íntimamente relacionados con dicha institución.

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