Las notificaciones edictales se harán obligatoriamente en el BOE (y II)

Como ya anunciaba en un post anterior, la Ley 15/2014, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa y otras medidas de reforma administrativa, publicada en el BOE del 17 de septiembre (entrada en vigor el 18) establece una importante reforma del sistema de notificaciones mediante anuncios en boletines y diarios oficiales, tanto en los procedimientos administrativos basados en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en los de carácter tributario previstos en la Ley 58/2003, General Tributaria (artículos 25 y 26).  

    Hasta ahora la publicación se hacía en el boletín del ámbito territorial de la Administración de que se trate. A partir de ahora dichas publicaciones se realizarán de manera centralizada y obligatoria en el Boletín Oficial del Estado.

    Esto supone una importante novedad en el sistema de notificaciones edictales con la intención de facilitar a los ciudadanos el acceso a este tipo de información y evitarles tener que acudir a los distintos boletines de todas nuestras Administraciones, lo que en la práctica se hace misión casi imposible por el tiempo que supone más que por la falta de acceso, gracias a Internet.

      En particular, esto supone la modificación de los artículos 59.5 de la Ley 30/1992 y 112 de la Ley 58/2003. Respecto a la primera se prevé que no obstante la publicación obligatoria en el BOE no se excluye la posibilidad de que las Administraciones publiquen anuncios en los boletines de la « comunidad autónoma o de la provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del consulado o sección consular de la Embajada correspondiente o en los tablones a los que se refiere el artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos«.

      Por lo que respecta al ámbito tributario, la novedad radica en que la publicación se hará los lunes, miércoles y viernes, de manera similar a como viene siendo habitual en algunos boletines oficiales. Llama la atención que esta periodicidad no se impone en la Ley 30/1992, lo que sin duda redundaría en una mayor ventaja para el ciudadano, igual que se pretende en el ámbito tributario.

Por su parte, el artículo 27 establece la misma previsión para las notificaciones realizadas por el Catastro Inmobiliario.

      Finalmente, se introduce una nueva Disposición Adicional vigésimo primera en la Ley 30/1992, que establece el carácter gratuito de estas publicaciones, así como la obligación de la Agencia Estatal del BOE de ofrecer un sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los anuncios.

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