
Nueva congelación salarial para los funcionarios en 2014: ¡Noooooo!

Estudios y comentarios sobre la gestión de recursos humanos o de personas, concepto esencial en la mejora de la Administración Pública
El Gobierno catalán ha encargado a una comisión de expertos la elaboración de un informe sobre las medidas necesarias para reformar la Administración Pública autonómica con el fin de que sea más “eficaz, eficiente, transparente y que rinda más cuentas” (ver noticia).
Entre las propuestas figura la de restringir la utilización de la figura del funcionario a puestos que conlleven ejercicio de autoridad, quedando el resto para los laborales. El documento dice que,
“Los puestos de trabajo de plantilla se deben reservar, en general, a tareas cualificadas de valor añadido y a aquellas funciones necesarias para contratar, supervisar y gestionar servicios públicos a través del mercado. Los trabajos de puro trámite o apoyo logístico y las de estricta ejecución deben tender a externalizarse”.
Y ya han surgido las primeras voces por parte de los sindicatos, oponiéndose a semejante barbaridad por el peligro de politización que conlleva. Además, la modernización de la Administración y de sus resultados no es una cuestión que pase necesariamente por sustituir funcionarios por laborales sin más, ni por externalizar la prestación de servicios (lo que me lleva a preguntarme por qué se desconfía tanto de la capacidad de los empleados públicos y de los funcionarios en particular) sino de racionalizar plantillas, entre otras medidas. La pregunta que surge es precisamente qué se pretende con esas sustitución. Estoy de acuerdo en que hay que reducir plantillas, pero insisto en que eso no es lo mismo que cambiar un tipo de relación profesional (funcionarios) por otra laboral.
El informe pretende olvidar no sólo la previsión del artículo 103.3 de la Constitución, la Jurisprudencia constitucional y la normativa funcionarial, que parecen dejar bien clara la regla general de cobertura de los puestos de la Administración mediante funcionarios, siendo excepción la utilización de personal laboral, sino que olvida también, sobre todo, el origen y fundamento de dicha regla: garantizar la imparcialidad de funcionarios frente a los poderes públicos y asegurar un buen servicio al ciudadano.
La Ley 30/1984, de Medidas para la reforma de la Función Pública, establece en su artículo 15.1.c) (redacción dada por la Ley 23/1988) el carácter general de la asunción por funcionarios de los puestos de trabajo en la Administración, disponiendo a continuación un listado con puestos que podrían desempeñarse por laborales, que si bien no es normativa básica y se refería a ciertas administraciones deja entrever por dónde van los tiros.
Más claro lo dejó el Tribunal Constitucional, como digo, pues en sus Sentencias 99/1987 (F.J. 3º) y 37/2002 (F.J. 5º) dispone:
En este sentido, lo que podría dar lugar a algún equívoco es precisamente esa reserva en exclusiva de determinadas funciones al personal funcionario (las que implican ejercicio de potestades administrativas: policía, hacienda, Intervención, tesorería, secretaría…) y que la Comisión catalana ha querido aprovechar. Si hay unas funciones reservadas a funcionarios, entonces, el resto de puestos podrán ser cubiertos por personal laboral. Realmente parte de la doctrina considera esta posibilidad puesto que la ley no parece decantarse de manera tajante a favor de la preferencia del régimen funcionarial. No obstante, esa reserva supone un «núcleo duro» de puestos que en ningún caso pueden ser asumidos por laborales, pero ello no obsta que la regla siga siendo a favor del personal funcionario.
Es más, el EBEP se decanta de manera clara por el régimen funcionarial frente al laboral, recordando en su Exposición de Motivos el abuso producido por las Administraciones Públicas en la contratación laboral, legalmente mucho más flexible, por otro lado.
Dicha Exposición considera que,
«por imperativo constitucional no puede ser éste el régimen general del empleo público en nuestro país, ni existen razones que justifiquen hoy una extensión relevante de la contratación laboral en el sector público».
Pero el meritado artículo 9.2 EBEP nos habla de funciones que impliquen directa o indirectamente ese ejercicio de potestades públicas, con lo que deja la puerta abierta a una amplia gama de funciones y tareas que de una u otra forma entren dentro de ese ámbito reservado a funcionarios. Serían, en cualquier caso, y como dice el precepto, las leyes de las distintas Administraciones Públicas las que desarrollen esas funciones, con lo cual parece darse un amplio margen de discrecionalidad dentro del núcleo reservado.
Todos conocemos lo mal vista que está la Administración pública española por los ciudadanos y, parece que desde hace unos años también por nuestros políticos. Todos sabemos también que ello es debido en parte a su gran tamaño y la poca eficacia de la que parece hacer gala, entre otras causas.
Aproximadamente 2,7 millones de empleados públicos en los tres niveles de la Administración (estatal, autonómica y local) incluyendo miles de asesores (personal eventual) y «enchufados», así como un gasto que se lleva un gran pellizco del PIB, unido a una dirección política que deja mucho que desear, no ofreciendo por contra los resultados que debería, hacen que la desconfianza sea como mencionamos, a pesar de que la estabilidad que ofrece en el empleo haga que muchos quieran olvidarse de esos defectos e intenten entrar a formar parte de ese grupo de «privilegiados».
¿Qué está fallando para que la situación de ineficacia sea esa? ¿Qué impide poder mejorar y que la Administración sea como debe ser?
Ya hay algunos ejemplos de buenas prácticas y de organismos públicos acreedores de sellos y premios a la calidad, lo que demuestra que si se quiere, se puede. Pero hay que querer, y no es por falta de ganas de quienes vemos día tras día las incongruencias del sistema y los intereses de quienes nos mandan, tan distantes en muchas ocasiones del interés público, y lo mal organizado de nuestro entramado «burocrático».
Se habla de falta de medios, pero medios hay de sobra en muchos casos, si bien se encuentran mal repartidos, tanto los recursos materiales como los personales. Comenzando por éstos, nos encontramos con un sobredimensionamiento de plantillas. Muchas veces se crean puestos de trabajo sin saberlos distinguir de las plazas de quienes los ocupan y sin contar con un adecuado análisis y descripción de puestos. No existen en muchas de nuestras Administraciones estudios serios de necesidades y recursos disponibles. Cómo pueden saber lo que necesitan si no saben ni lo que tienen. Se da el hecho de tener en casa funcionarios bien preparados, talentosos, pero que se encuentran en el puesto equivocado. No se hace ni siquiera una encuesta de las competencias de cada uno y se desperdicia así unas capacidades extraordinarias.
Hay que empezar también por eliminar a todos los que no han obtenido sus plazas justamente.
El Estatuto Básico del Empleado Público introdujo la figura del personal directivo, que tiende a buscarse en ocasiones fuera de la propia Administración, más por afinidades que por valía.
No se entiende muy bien que se haya creado esa figura como algo apartado del empleado público, a pesar de lo que indicaba el informe de la Comisión de expertos, dando a entender que los funcionarios no seamos capaces de dirigir. Las habilidades directivas no se exigen en los procesos selectivos y deberían comenzar por tenerse en cuenta. De hecho debiera cambiarse la forma de ver el acceso al empleo público, olvidarnos un poco de las oposiciones memorísticas, que lo único que demuestran es que alguien se sabe de «pe a pa» el temario sin tener en cuenta otras habilidades (trabajo en grupo, liderazgo, atención al público, iniciativa, talento…) y buscar más este tipo de competencias.
Estamos demasiado constreñidos por las normas. La seguridad jurídica y la salvaguarda del interés general son fundamentos de nuestro Estado de Derecho. El ordenamiento jurídico establece unas reglas de procedimiento que aseguren esos principios, pero muchas veces ahogan la eficacia de los resultados, así como la eficiencia.
Los empleados públicos debemos seguir normas que en ocasiones no entendemos, que retrasan la obtención de aquellos resultados. Todo se basa en procedimientos garantistas, excesivamente garantistas; y controladores, insoportablemente controladores.
El legislador parece haberse dado cuenta (tarde y tímidamente) y trata de agilizar algunos de ellos (p. ej.: declaración responsable y comunicación previa del artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo -introducido por Ley 25/2009- y su posterior aplicación práctica a través de la regulación de las licencias exprés).
Hace poco leía un artículo sobre las diferencias entre España y EE.UU a la hora de emprender, y algunas de las más destacadas eran precisamente las trabas burocráticas que se imponen a nuestros emprendedores, amén de la falta de motivación y respeto por quien se arriesga en los negocios, los impuestos y la cultura de la subvención pública que reina en España.
La Administración debe abrir la mano a la iniciativa privada y no ser tan cuadriculada. En un curso sobre evaluación del desempeño al que asistí, el ponente, un consultor de los que ahora están haciendo su agosto ayudando a la Administración Publica a ser más eficiente, comentaba que no sabemos aprovechar al máximo las oportunidades que nos ofrecen las normas de procedimiento a pesar de lo restrictivas que parezcan ser. Estamos demasiado imbuidos del carácter burocrático que ha imperado desde hace décadas que no sabemos exprimir los resquicios que ofrecen. Hablaba del caso de las licencias urbanísticas y ponía como ejemplo algunos ayuntamiento que ya antes incluso de aplicarse la nueva normativa «exprés» las otorgaban en cuestión de días y casi de horas.
No sólo el legislador debe darse cuenta (lo sabe pero no actúa) de la cantidad de normas que tenemos en España y de lo que retrasan la eficacia de la Administración (no voy a entrar en el eterno debate de los efectos en nuestro ordenamiento de la existencia de las Comunidades Autónomas) lo que la lleva a no lograr modernizarse como debiera, sino además los empleados públicos debemos quitarnos en ocasiones la capucha de burócratas que nos impide ver más allá de la estricta letra de la ley. Hay que resolver los problemas de los ciudadanos, ser prácticos y resolutivos, aunque sin perder de vista los derechos ciudadanos.
Otro aspecto en el que no se pone especial atención, sobre todo en las Administraciones más pequeñas, es en la gran ayuda que supone utilizar las Tecnologías de la Información, las redes sociales, Internet, etc, en el desempeño de su actividad. La utilización del eDNI y de los certificados digitales no está aún muy extendida entre los ciudadanos y muchas Administraciones tampoco permiten acceder a sus portales a realizar trámites con ello.
Esto debe cambiar. El esfuerzo del Estado en este sentido es grande, y puesto que la complejidad de nuestra burocracia (utilizo este término en el sentido meramente descriptivo) es cada vez mayor, no estaría de más formar al personal en su manejo, así como facilitar a los ciudadanos su utilización. Eso redundará en una mayor agilización de trámites y una descarga de trabajo a aquel.
Para terminar, todas estas propuestas pasan indefectiblemente por contar con el músculo, el motor de la Administración, que son sus empleados. No sólo deben estar bien preparados, haber accedido en condiciones de igualdad, sino que ante todo se les debe valorar, ha de contarse con ellos, darles autonomía, motivarles, aprovechar el talento individual y colectivo, y todas esas competencias y capacidades que sin duda tienen.
Esto parece obvio y de ello se habla mucho en el entorno privado pero parece que en el público los políticos se olvidan, no se cuenta con ellos y se les trata, se nos trata, sin respeto, cuando somos el espejo de la Administración ante el ciudadano. Las organizaciones las forman personas y son ellas quienes les dan personalidad. Por ello termino pidiendo respeto y que se cuente más con los empleados públicos que cada día tratan de sacar adelante su trabajo y conocen de primera mano lo que falla y lo que puede mejorarse porque precisamente ellos están en contacto directo con el ciudadano y sólo se rigen por criterios de servicio al mismo.